En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan los extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana: ELIA GRACIOSA FERNANDEZ DE AREVALO, en su condición de HIJOS, a los ciudadanos: MARIA ESTHER AREVALO FERNANDEZ, FRANCISCO JAVIER AREVALO FERNANDEZ y JOSE RAFAEL AREVALO FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-9.515.589, N° V-9.515.590 y V-9.503.436, con domicilio en la Ciudad de San Ana de Coro, Municipio Miranda del Es.....