En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Mónica Canelón Fernández, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ROCAMIX C.A., mediante diligencia de fecha 8 de enero de 2014.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia de fecha 18 de diciembre de 2013, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas.
TERCERO: SIN LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACIÓN intentada por la sociedad mercantil RODOVIAL, C.A., representada por su apoderado judicial Estefano Petrascu Borges, contra la sociedad mercantil ROCAMIX, C.A.
CUARTO: Se condena en costas a la pa.....