En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medida de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la precalificación solicitada por la representación del Ministerio Público por los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA, con las circunstancias Agravantes establecidas en el articulo 65 ordinal 3° de la Ley Especial y el delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 Ejusdem, esto en perjuicio de la ciudadana MELIDA NARVAEZ HERNANDEZ y con respecto a la niña M.A.N (IDENTIDAD OMITIDA), se precalifica el delito de LESIONES PERSONALES DE CARÁCTER GRAVES, de conformidad con lo previsto en el artículo 415 del Código Penal, con las circunstancias Agravantes es.....