Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la Abogada FELIPA NAVEDA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 46.537, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES (INASS), antes INSITITUTO NACIONAL DE GERIATRIA Y GERONTOLOGIA DR. JOSE DOLORES BEAUJON, en contra de la sentencia de fecha 31 de Julio de 2007, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró Primero: SIN LUGAR LA PRESCRIPCION, de la acción alegada Por la Apoderada Judicial de la parte demandada; Segundo: CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por la ciudadana URBANA CATALINA PEÑA DE MA.....