Por las razones expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos: ALIDA COROMOTO LOPEZ y ADEMAR JOSE MUJICA, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.500.011 y V-7.492.584, respectivamente, domiciliados la primera en el Sector el Manteco, Calle Nro.1, Parroquia Mapararí, Municipio Federación del Estado Falcón y el segundo domiciliado Calle Cruz, Sector Simón Bolívar, Municipio Iribarren del Estado Lara, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio: ADOLFREDO J. MONTERO C, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 181.876, con Domicilio Procesal Calle San Bosco entre Calles Rafael Alcocer y Concordia, Quinta Florimar Municipio Iribarren del Estado Lara, .....