En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada Ruth Nalyiver Medina Fuenmayor, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.º 12.802.626 e inscrita el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 117.928, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la ciudadana Maglis Helena Guzmán Maldonado, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.° 14.646.487, contra el auto de fecha veintiséis (26) de marzo de dos mil catorce (2014), dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Falcón, extensión Punto Fijo, en el asunto.....