DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente: PRIMERO: Declara CON lugar la solicitud de REVISION DE MEDIDA al ciudadano HARRISON RAMON YARI, DE NACIONALIDAD VENEZOLANA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO 13.934.531, Y ROBERT EMIL DIAZ, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD NUMERO V 15.982.463; SEGUNDO: Se le acuerda medida cautelar de la establecida en el código orgánico procesal penal en su articulo 242 numeral 3 en presentación cada (7) días, y la prohibición de consumir sustancias psicotrópicas o en la distribución de la misma.