Este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada por el ABG. NEUCRATES LABARCA, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta la imposición de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano: YEFERSON OSILIEL COLINA ROJAS Venezolano, mayor de edad 19 años de edad, titular de la cedula de identidad 28.159.314, fecha de nacimiento, 30/09/1997, soltero, de profesión u oficio cocinero, Residenciado Urbanización La Paz Casa Numero, del Municipio Miranda, Estado Falcón, numero de teléfono:0414-6903745, por la presunta comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Venezolano. Dicha medida consistente en Presentaciones.....