Se ordena oficiar, anexando copia certificada del presente auto de concesión, a al Director o Directora Municipal de Seguridad y Participación Ciudadana, adscrita a la Secretaría de Política y Orden Público de la Gobernación del Estado Falcón, a los fines de que se aperture un libro de registro de presentaciones con los datos identificativos de cada uno de los penados de marras, presentaciones éstas cuya regularidad dispondrá dicha autoridad civil, pero que en ningún caso deberán exceder de una vez diaria, ni menos de una vez por semana, tal cual lo prevé el Primer Aparte del artículo 20 del Código Penal Venezolano. Así mismo deberá aperturar dicha autoridad un registro en Libros, de las entradas y salidas del mencionado penado, de los límites territoriales comprendidos entre las ciudades de Coro y Tucacas, para lo cual éstos previamente deberán dar cuenta de ellas a esa autoridad, y así se decide.
A su vez, se ordena Convocar una Audiencia Oral y Pública en presencia de todas las.....