En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, declara las presentes actuaciones TITULO SUFICIENTE PARA ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la mencionada decujus: ANA DOLORES JAIME DE MEDINA, a favor de los ciudadanos: MANUEL RAMÒN MEDINA SOSA, JOHAN MANUEL MEDINA JAIME, y JOHANA GUADALUPE MEDINA JAIME. Publíquese y Regístrese. De conformidad con lo establecido en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, déjese copia certificada de esta declaración para el archivo. Entréguense las presentes actuaciones a las partes interesadas, previa certificación por secretaría de tres (03) juegos de copias Certificadas de la misma.
Dada, firmada y sellada a los Cinco (05) días del mes de Noviembre del Dos Mil Quince (2015), en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Colina .....