ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY se ABSTIENE de HOMOLOGAR la TRANSACCIÓN presentada a consideración por las profesionales del derecho LISBETH DIAZ PETIT y OLINDA DEL ROSARIO PIÑA DE HERNANDEZ, inscritas en el inpreabogado bajo los números 64.360 y 308.131 en su orden, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la parte actora, ciudadana CHIQUINQUIRA JOSEFA HERNANDEZ DE PIÑA, titular de la cedula de identidad numero 1.822.336, así como por las profesionales del derecho MARILYS LEONOR MOLINA, MAGALY JOSEFINA SANCHEZ BRACHO y BEATRIZ ADRIANA GOMEZ, inscritas en el inpreabogado bajo los números 26.317, 154.307 y 154.305 en su orden, apoderadas judiciales de la parte demandada ciudadana ZAIDA ANTONIA CALLES NAVARRO, titular de la cedula de identidad numero 7.666.345; En consec.....