...Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, DECLARA LA INTERDICCIÓN del ciudadano JOSE GREGORIO RIVAS AGUERO, y en consecuencia, se designa TUTOR, del mencionado ciudadano a WILLIAN NICOLAS RIVERO AGUERO, titular de la Cédula de Identidad No.3.680.771.
Desígnese el Consejo de Tutela a tenor de lo dispuesto en los artículos 324 y 397 siguientes del Código Civil.
Consúltese la presente decisión con el Tribunal de Alzada, a tenor de lo establecido en el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil.