Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del Ciudadano ANGEL EMIRO FARIA MENDOZA, por delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, Y ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, previstos y sancionado en el articulo 149, encabezamiento, de la Ley Organica de Drogas, 37 de la Ley Organoca Contra la Delincuencia Organizada y Financiomiento al Terrorismo, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. SEGUNDO: Se ordena como sitio de reclusión la Penitenciaria general de Venezuela. TERCERO: Se ordena proseguir conforme el .....