Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Félix Sánchez, en su carácter de apoderado judicial de la EMPRESA VEXIM, S.A., mediante diligencia de fecha 2 de agosto de 2017.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia definitiva de fecha 31 de julio de 2017, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón. En consecuencia se declara INADMISIBLE la demanda por DESALOJO DE INMUEBLE, incoada por la ciudadana MIRIAN AUXILIADORA YARAURE ACACIO contra la empresa mercantil VEXIM, S.A.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil. No hay condenatoria en .....