Por los Razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la libertad inmediata y sin restricciones del ciudadano JOSÉ GREGORIO CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Personal N° 19.251.165, nacido el 22 de Noviembre de 1985, soltero, hijo de Luisa Chirinos Comerciante, residenciado en la Calle Iturbe, Callejón Iturbe, casa Nº 08 de color verde, Coro, Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 9 del mencionado Código Orgánico Procesal penal, y 44, en su numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se decreta la aplicación del procedimiento ordinario confor.....