Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta PRIMERO: se decreta al ciudadano JUAN VICENTE CONTRERAS ABSOLUTA, venezolano, mayor de edad, de 27 años, portador de la cédula de identidad V-16.354.366, casado, ocupación Técnico Superior en Seguridad de la Guardia Nacional, (Militar), fecha de nacimiento 15.08.1983, domiciliado en Urbanización El Caujaro, casa Nº 2, calle 110, San Francisco, Estado Zulia, teléfono: 0424-654.43.39, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, previstos y sancionados en el artículo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en concordancia con el articulo 6 numerales 1, 2, 3, 5, 10 y 12, ejusdem, y artículo 174 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano KARL LEONHAR.....