este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el citado artículo 631 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDOS en todas y cada una de sus partes los Recibos anexos marcados “A” y “B”, que corren insertos a los folios 04 y 05 de las presentes actuaciones.