Por los razonamientos que anteceden este Juzgado de los Municipios Colina y Petit de la Circunscripción del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: Con Lugar la solicitud de incremento de se Pensión Alimentaría de (Bs. 80.000,00) a (Bs. 110.000,00), para las menores cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por su padre Ciudadano Ángel Rubén Arcila Silva, ya identificado; cantidad que será retenida por ante el sitio de trabajo del obligado, la Comandancia General de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, y entregada a la madre Ciudadana DANNUBIS SUGEY ROJAS, también identificada, en forma quincenal (Bs. 55.000,00), otorgando la madre su correspondiente recibo de cancelación. Así mismo el empleador a partir de esta fecha, cada cuatro meses hará en forma automática y proporcional el ajuste de dicha cantidad, tomando.....