En consecuencia,  Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  acuerda lo siguiente:
                HOMOLOGA LOS ACUERDOS SUSCRITOS ENTRE LOS CIUDADANOS; CIRVIA  JOSEFINA  PAZ  DE  ESCALONA  Y  RAUL ANTONIO ESCALONA MEDINA,  y por consiguiente se hacen las siguientes ADJUDICACIONES: 
Se  le  adjudica en  plena  propiedad el  único bien que  existió  dentro  de  la Comunidad  Conyugal;  Constituido  por  Un inmueble ( casa  ) construida  en  un  Terreno  Municipal,  ubicada  en  Tocopero,  Municipio  Tocopero  del  Estado  Falcón,  comprendido  en  una  extensión  de  terreno  de   TRECIENTOS  METROS  CUADRADOS  ( 300 Mts2) alinderado  de  la  siguiente  manera:  NORTE: CALLE  SIN  NOMBRE,  SUR, CARRETERA  NACIONAL, ESTE; VIVIENDA RURAL  DE LEONCIO LAMPE Y  OESTE;  TERRENO  DE  FRANCISCO YANCE,  dicho  inmueble  se  encuentra  autenticado  por  ante el  JUZGADO   DEL  MUNICIPIO BOCA DE  AROA DEL  ESTADO  FALCON ,  en  fecha  03  .....