En consecuencia, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda lo siguiente:
HOMOLOGA LOS ACUERDOS SUSCRITOS ENTRE LOS CIUDADANOS; CIRVIA JOSEFINA PAZ DE ESCALONA Y RAUL ANTONIO ESCALONA MEDINA, y por consiguiente se hacen las siguientes ADJUDICACIONES:
Se le adjudica en plena propiedad el único bien que existió dentro de la Comunidad Conyugal; Constituido por Un inmueble ( casa ) construida en un Terreno Municipal, ubicada en Tocopero, Municipio Tocopero del Estado Falcón, comprendido en una extensión de terreno de TRECIENTOS METROS CUADRADOS ( 300 Mts2) alinderado de la siguiente manera: NORTE: CALLE SIN NOMBRE, SUR, CARRETERA NACIONAL, ESTE; VIVIENDA RURAL DE LEONCIO LAMPE Y OESTE; TERRENO DE FRANCISCO YANCE, dicho inmueble se encuentra autenticado por ante el JUZGADO DEL MUNICIPIO BOCA DE AROA DEL ESTADO FALCON , en fecha 03 .....