D E C I S I O N
Por las consideraciones procedentemente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO DEL TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN SANTA ANA DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR, la presente demanda de Inserción de Partida de Nacimiento por Omisión de la ciudadana AURISTELA SCHIRRIPA LIMONGI, titular de la cédula de identidad N° 742.603, hija legitima de los ciudadanos FERDINANDO (FERNANDO) SCHIRRIPA NOBILE y de ROSA LIMONGI DE SCHIRRIPA (difuntos), ambos de nacionalidad italiana, quien nació en la Parroquia Pecaya, antiguo Distrito Bolívar, hoy Municipio Sucre, del estado Falcón, en fecha 18 de abril de 1903. Se Decreta la Inserción de Partida de Nacimiento por Omisión y se acuerda la inscripción de la presente sentencia en el libro respectivo del Registro Civil de Nacimientos tal como lo precept.....