Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO
ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÒN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUCIDIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO , actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, y de acuerdo a lo establecido en los Artículos 555 y 666 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se ADMITE TOTALMENTE la precalificación efectuada por el Ministerio Publico. SEGUNDO: Se acuerda seguir la presente causa, en contra de los adolescentes DATOS RESERVADOS POR CAUSA LEGAL, por estar presuntamente incursos en la comisión del delito denominado HURTO DE GANADO AJENO, previsto en el artículo 09 de la Ley de la Protección a la Actividad Ganadera, a través del procedimiento ordinario tal como lo establece el último aparte del.....