En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, REVOCA por incumplimiento el beneficio post condena de DESTACAMENTO DE TRABAJO concedido en 18 DE MAYO DE 2012, al ciudadano penado PEDRO LUIS BRICEÑO CASTILLO, Venezolano, mayor de edad, 19 años de edad, nació el 7-8-1990, domiciliado y residenciado en el Municipio Santa Rita, Urb. La cañaita, Calle 9, casa 16, color celeste, cerca de la Panadería Camacho y titular de la cédula de identidad V-21.043.094 y teléfono 0424.6769410, quien lo condeno a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS, OCHO (08) MESES Y SIETE DIAS de presidio, más las accesorias de ley Previstas en el artículo 16 del Código Penal Vigente, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 5 de la Ley de Hurto y Robo de Vehí.....