. Por todo lo anteriormente expuesto  y dando cumplimiento a lo previsto  en el articulo 494 del Código Orgánico Procesal Penal,   Este Tribunal  Penal de Ejecución Extensión Punto Fijo ACUERDA: Otorgar el Beneficio de Suspensión Condicional de la ejecución del a pena, hasta el cumplimiento  total de la pena impuesta al penado Álvaro Rodríguez Acuña-Colombiano, soltero, mayor de edad, oficio mecánico, nacido en Santa Marta Colombia en fecha 28 de Septiembre de 1964 y  titular de la cedula de identidad N° E.72, 335.584.
Quedando obligado de conformidad alo previsto en el artículo 495 del Código Orgánico Procesal Penal  a cumplir  las siguientes condiciones:
1.	Continuar residenciado en Punto Fijo, Municipio  Carirubana, Estado Falcón.
2.	No ausentarse del Estado Falcón, ni cambiar de residencia, sin autorización de este Tribunal de Ejecución.
3.	Someterse a las condiciones que le imponga el delegado de prueba designado por la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario de la ciudad de Cor.....