Este Tribunal, por cuanto considera que el pedimento realizado por el penado es un derecho que le otorga la ley, y siendo que con respecto a este penado no se ha tenido quejas con respecto a su comportamiento durante el lapso que lleva bajo la medida alternativa, declara con lugar lo solicitado y administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con lo establecido en el 62 letra a), de la Ley de Régimen Penitenciario, otorga Permiso especial al Penado JOSE GUSTAVO VALERO MONTILLA, arriba bien identificado, para que se ausente de los limites territoriales del Estado Falcón y su actividad laboral en fecha Sábado 14, Domingo 15 y lunes 16 del mes y año en curso, con la finalidad de que asista a la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira a los fines de ejercer su derecho constitucional al voto. Notifíquese al penado y su defensora. Cúmplase.
El Juez Primero de Ejecución
Abog. HELY SAUL OBERTO REYES.
.....