JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, ACTUANDO COMO TRIBUNAL MIXTO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Por decisión UNANIME de sus miembros declaran al acusado FRANCISCO JAVIER CASTEJON, Titular de la cédula de identidad Nº 16.521.396, nacido en fecha 17-09-1983, Obrero, domiciliado en Municipio Cacique Manaure, población de Yaracal, sector La Granza, barrio Raúl Leoni, Casa S/N, al frente del Restauran Rancho Grill, Estado Falcón, NO CULPABLE del PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, concatenado con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, Toda vez que consideran, que existe insuficiencia probatoria en contra de los acusados para establecer con certeza su responsabilidad en el delito imputado por el Ministerio Público, siend.....