este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, extensión Punto Fijo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara con Lugar la pretensión de ofrecimiento de obligación de manutención incoada por el ciudadano Franklimer José Vicent Guerrero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.º 18.632.440, asistido por el abogada en ejercicio Carlos Eduardo Vallejo Pereira, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.º 178.737, en beneficio del niño SE OMITE EL NOMBRE, en contra de la ciudadana Verónica Karina Cedeño López, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.º V-19.880.030. En consecuencia el ciudadano Franklimer José Vicent Guerrero, se obliga a cancelar la cantidad de Dos Mil Seiscientos Bolívares (2.600 BS), mensuales, los cuales depositará los primeros cinco (5) días de cad.....