Este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE, Primero: Conforme al artículo 313.2 del Código Orgánico Procesal Penal, se admite PARCIALMENTE la acusación interpuesta por la Fiscalia Primera del Ministerio Público en contra del acusado EDGAR SEGUNDO MADURO LAGUNA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-23.585.201, por el delito de de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de las ciudadanas CARMEN CORONAS y EGLE RODRÍGUEZ. SEGUNDO: Se desestima el delito de ADULTERACIÓN SE SERIAL, previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley Orgánica sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor por cuanto se evidencia de las actuaciones que consta al folio 117 del presente asunto, factura de compra en original del .....