Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, extensión Punto Fijo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PROCEDENTE la presente la solicitud de ADOPCIÓN interpuesta por los ciudadanos Y.C.B.V y W.A.V.M, quienes son venezolanos, mayores de edad, nacidos en fecha13/09/1985 y 21/09/1984, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.666.267 y V-16.196.840, respectivamente, concubinos, ambos de profesión Abogados, domiciliados en la urbanización Jorge Hernández, sector 01 de Banco Obrero de la ciudad de Punto Fijo, municipio Carirubana del estado Falcón, asistidos en su oportunidad por la ABG. MARY CARMEN VELÁZQUEZ, en su carácter de Abogada Coordinadora de la Oficina de Adopciones y Colocación Familiar del estado Falcón adscrita al Instituto Autónomo Consejo Nacional de.....