Por lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Primero: Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad de conformidad con el Artículo 256 ordinal 3, que regula la presentación cada 20 días por ante este Circuito Judicial Penal al ciudadano: Joel Jesús Valles Barrada, quien es venezolano, de 26 años de edad, nacido en fecha 14-05-78, portador de la Cédula de Identidad N° 14.702.11, soltero, natural y residenciado en la calle Ayacucho, casa Iglesia Evangélica Libre en la Fe, Tucacas, Estado Falcón. Segundo ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Quinta para la prosecución de la investigación. Notifiquese a las partes
LaJuez Quinta de Control
Abog. Yelitza Segovia
La Secretaria
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