Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el ABG. HERMES JOSE AREVALO SERRANO, en su carácter de Defensor Privado, del ciudadano MIGUEL ANGEL MARTÍNEZ MIRANDA, en contra de la decisión emitida por el Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial de este Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, en fecha 07 de Julio de 2005, con ocasión a celebración de la Audiencia de Presentación, que se le sigue al encartado antes identificado, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y en la que el Tribunal decretó Privación Preventiva de Libertad, de conformidad a lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, regíst.....