Este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA; PRIMERO: Se modifica la Medida Cautelar impuesta por este Tribunal previa Audiencia Oral en fecha 03-12-03, en la modalidad establecida en los ordinales 3° del artículo 256 en concordancia con el artículo 260 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: JOSE ALBERTO SOTO GRANADA, venezolano, y Titular de la cédula de identidad N°. V-5.586.165, residenciado en la Calle Los Manguitos, Avenida Francisco Solano, Quinta Ancla Caracas Venezuela, en lo respecta a la continuidad de presentación periódica modificada para ser cumplida por ante el Circuito Judicial Penal de la ciudad de Caracas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 264 y 244 de la ley Adjetiva Penal.
SEGUNDO: Se ordena oficiar al Alguacil Jefe de la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de Ca.....