De tal manera se deja Aclarado el fallo, todo cónsono con el "Principio de Congruencia y Unidad del Fallo", es por lo que con fundamento a los argumentos vertidos anteriormente, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PROCEDENTE la solicitud de Aclaratoria o ampliación de Sentencia incoada por el profesional del Derecho EDUINW ALEXANDER PEREA, inscrito en IPSA bajo el N° 158.639, quien con el carácter atribuido en autos solicita aclaratoria del fallo de fecha 29 de septiembre de 2011, en el juicio que sigue el ciudadano JUAN CARLOS BERMUNEZ QUIROZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.956.751 en contra de la empresas UNION DE CONDUCTORES SUCRE, S.C. En consecuencia, la redacción correcta y definitiva luego de la Aclaratoria .....