Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LA LIBERTAD PLENA de conformidad con lo establecido en el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución Nacional al ciudadano JOSÉ DANIEL SEMECO GOMEZ. Asimismo se acuerda librar los oficios correspondientes a fin de ser excluido del sistema SIPOL. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Ofíciese lo conducente al Comandante de la Primera Compañía, del Destacamento DESUR. Así se decide.