En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón con sede en Tucacas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: Se decreta la medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar sobre el cincuenta por ciento (50 %) de los derechos de propiedad sobre los siguientes bienes inmuebles:
1.- Un apartamento distinguido con el N°201, ubicado en el sector 1, torre 1, nivel 2, tipo D del Conjunto Residencial Turístico Caribe, situado en la carretera nacional Morón-Coro de la población de Tucacas estado Falcón, registrado ante la oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Silva bajo el N°18, Protocolo 1°, Tomo 14 del cuarto trimestre del año 2007.
2.- Un apartamento distinguido con el N°S PH-1, ubicado en el piso 8, torre Sol del edificio que forma parte del Conjunto Vacacional Recreacio.....