Por todas las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA: PRIMERO: Cumplidos los requisitos establecidos en el 308 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano JOSE RAFAEL LOPEZ PINEDA; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 42 y 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia, en perjuicio de la Ciudadana MARIA AUXILIADORA LUGO. SEGUNDO: Se admiten y se declaran útiles, pertinentes y necesarias las pruebas ofrecidas del Ministerio Público TERCERO: Se admite el escrito de contest.....