Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: se HOMOLOGA el convenimiento celebrado entre el ciudadano ARTURO BLANCO URDANETA titular de la cédula Nº 11.924.296, en su condición de Apoderado Judicial SEGUROS CORPORATIVOS C.A y la ciudadana CAROLINA HERNANDEZ titular de la cedula de identidad Nº 12.104.473, en representación de PDVSA PETROLEOS S.A.
Segundo: se levanta la medida cautelar de embargo acordada en fecha catorce (14) de marzo de 2013.
Publíquese, diaricese, notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los seis (06) días del mes de noviembre del año 2016. Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.