Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto, así como todas las razones y motivos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano ANGEL DE JESUS RAMIREZ ORDOÑEZ, en contra de la empresa LA ESQUINA DEL SABOR 2018 C. A.
SEGUNDO: SE ORDENA EL ARCHIVO de la causa, una vez que quede firme esta decisión.
TERCERO: No hay CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.