UNICO DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los Artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos. JUAN ALBERTO CHIRINOS FALCÓN, venezolano, de 27 años de edad y portador de la cedula de de identidad N° 16.197.208 por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHIUCLO AUTOMOTOR, APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTE DEL DELITO, RESITENCIA A LA AUTORIDAD y OCULTANMIENTO DE ARMA DE FUEGO, delitos estos previstos y sancionados en los artículos 5 en relación al artículo 6 .1.2.3 de la Ley contra el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, artpiculos 468 parte in fine, 218.2 y 277, todos del Código Penal Vigente en perjuicio de el Estado venezolano Y del ciudadano ALCIDES JOSE MORENO Asimismo se decreta el Procedimiento Ordinario según el Artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con la decisión de la Sala Consti.....