Este JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIAL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Y CON BASE EN LO PREVISTO EN EL ARTICULO 185-A DEL CODIGO CIVIL VENEZOLANO VIGENTE DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos ALCIDES RAMON PIÑA Y YENNY GREGORIA GONZALEZ LOPEZ, antes identificados plenamente en las actas procesales de éste expediente, DISUELVE, el vinculo Matrimonial existente entre ellos. ASI SE DECIDE. Con carácter de cosa juzgada.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada por secretaria a los fines previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil y los numerales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los siete (0.....