este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos: JOSE TOMAS SANCHEZ MOILINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 11.476.226, fecha de nacimiento 15/10/1970, residenciado en: en la población de Zambrano, Municipio Guzmán Guillermo del estado Falcón y MARIO SEGUNDO LUQUEZ FONSECA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 9.511.161, fecha de nacimiento 01/06/1965 Residenciado en: en la población de Zambrano, Municipio Guzmán Guillermo del estado Falcón, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS.....