En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, le imparte su aprobación conforme a lo convenido, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, celebrado en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES POR VIA DE INTIMACION, por ambas partes es decir, ALEXANDER ACOSTA COLINA y RAMON RODRIGUEZ SANCHEZ, de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.-
SEGUNDO: Terminado el procedimiento y se acuerda el archivo y posterior remisión del expediente a la Oficina de Archivo Judicial para su resguardo y custodia.-