le da el carácter de cosa juzgada al DECRETO INTIMATORIO dictado en fecha 14 de Marzo de 2017, quedando DEFINITIVAMENTE FIRME el mismo. En consecuencia, CONDENA a la parte demandada, ciudadano JOHAN ZARRAGA, en su condición de librado-aceptante de una letra de cambio; plenamente identificado en autos; a pagar la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES CON SESENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs.386.145,65), por los conceptos discriminados en el Decreto intimatorio.