esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado FELIZ SALAS, Fiscal Vigésimo Tercero del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contra la decisión emanada del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo en fecha 29 de Mayo de 2016, que acordó a los ciudadanos HECTOR MANUEL MATA VILLAROEL y LEONIS JAVIER GARCÍA COLINA, medida cautelar de presentación cada 15 días de conformidad con lo establecido en el ordinal 3 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión de fecha 29 de Mayo de 2016, por lo que los imputados serán juzgados en libertad .Ofíciese lo conducente y líbrese Boleta de Excarcelación. Notifíq.....