Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Otorga el Beneficio de Confinamiento a favor del penado OLINTO CONTRERAS, venezolano, titular de la cédula de identidad n° 6.662.698, quien cúmplira dicho beneficio en la siguiente dirección Sector Jardines del Valle, calle 8 n°3 en la ciudad de Caracas y esta obligado a presentarse cada 20 dias ante la Prefectura del Municipio el Valle,todo conforme a lo establecido en los articulos 20 y 53 del Código Penal y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, Oficiese a la Prefectura del Municipio el Valle Caracas, remitáse Copia certificada de la presente decisión a la Unidad Técnica de Apoyo Penitenciario, Notifiquese a la defensora y al Fiscal. Imponganse al penado por ante este Despacho en fecha 08-07-2003 a las 2:00 p.m., líbresele boleta de citación. Cúmplase.
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