DISPOSITIVO
ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO Y DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara.
PRIMERO: SIN LUGAR, las Cuestiones previas opuestas por la representación legal de la demandada de autos de conformidad con los ordinales 2, 4, 7 del articulo 340 en concordancia con el articulo 346 del Código de Procedimiento Civil y ordinales 8 y 11 del articulo 346 eiusdem.
SEGUNDO: En consecuencia, el acto para la Contestación a la demanda se llevara acabo dentro de los Cinco días de despacho siguiente a que conste en autos de la última de las notificaciones de las partes.
TERCERO: No hay condenatoria en Costas.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y NOTIFIQUESE.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DEL DESPACHO DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DEL TRA.....