En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal Superior impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
UNICO: Sin Lugar el recurso de hecho incoado por la abogada Reina Henriquez, apoderada de los ciudadanos ARGEMERY CUSATI BORGES, CARMEN CUSATI de GRAGEL y PEDRO CUSATI BORGES, contra el auto de fecha 26 de junio de 2008, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de esta Circunscripción Judicial, mediante el cual oyó en un solo efecto la apelación ejercida por los recurrentes contra la sentencia dictada el 18 de marzo de 2008, por ese Tribunal y mediante la cual declaró con lugar la demanda de estimación de honorarios incoado por el abogado Oswaldo Madriz Roberty; contra los recurrente