Por todo lo antes expuesto este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, REVOCA POR INCUMPLIMIENTO la Medida cautelar sustitutiva de libertad decretada en fecha 06 de Marzo de 2007 por este Tribunal en contra del imputado ELIECER JOSÉ ROSALES FANEITE, antes identificado y se Ordena su INMEDIATA APREHESIÓN a los fines de garantizar las resultas del proceso, advirtiéndose que una vez aprehendido el acusado se fijará la audiencia preliminar. Todo de conformidad con lo previsto en artículo 264 del Código Orgánico procesal Penal. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificación. Librese la orden de aprehensión que corresponda y remítase mediante oficio a las autoridades pertinentes haciéndoles saber que una vez aprehendido el acusado deberá ingresar al internado Judicial de esta Ciudad a la orden de este tribunal. Cúmplase. Publíquese, Regístrese y Notifíquese.