Por todo lo anteriormente transcrito, es por lo que quien aquí decide considera ajustado a derecho declara IMPROCEDENTE, la solicitud realizada por la defensa privada representada por los profesionales del derecho Abogs. Samuel Medina, Salvador Guarecuco y Elissa Palencia, al considerar que dicha diligencia es propia de la fase de investigación por parte del Representante Fiscal como titular de la Acción Penal. Se ordena notificar a la parte solicitante de la publicación del presente auto. Firmado y sellado en Punto Fijo, a los (07) días del mes de Octubre de dos mil once (2011), en el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón CUMPLASE. NOTIFIQUESE.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------