Por todos los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de que le confiere la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de demanda por DAÑOS MATERIALES PROVENIENTES DE ACCIDENTE DE TRANSITO, interpuesta por el ciudadano: JESÚS RAFAEL SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, Cédula de Identidad Nro. 3.831.764, domiciliado en esta Ciudad de Coro Estado Falcón, contra la ciudadana LUZ MARINA GARCÍA GÓMEZ, venezolana, mayor de edad, Cédula de Identidad Nro. 10.610.247, con domicilio en la avenida Independencia, con avenida Prolongación lo medanos, Edificio Aref, Piso 01, apto 04, de esta Ciudad de Coro, Estado Falcón. SEGUNDO: SE CONDENA en costas a la parte totalmente vencida en el presente litigio.