PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Nulidad, incoado por el ciudadano SALVADOR JOSE PACHANO BRETT, identificado con la cedula de identidad Nº 9.524.578, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 053-2014, dada por la Inspectoria del trabajo del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.
TERCERO: Se ordena notificar mediante oficio de la decisión, a la Inspectoría del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, de Santa Ana de Coro, en razón de haber sido declarada Sin lugar el presente Recurso de Nulidad.
CUARTO: Se ordena notificar de la sentencia definitiva al PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA y una vez que conste en autos la notificación debidamente practicada, empezará a computarse el lapso de ley para que las partes ejerzan sus recursos que consideren pertinentes, contra el presente fallo, una vez transcurrido el lapso que por Privilegio y Prerrogativa corresponde.